
Trámites para comprar coche de segunda mano.

Los aficionados del motor más jóvenes suelen preguntarse cuándo pueden empezar a conducir una moto. En el caso del carnet tipo B, el más común en nuestro país (automóviles y vehículos de dos y tres ruedas entre otros), la mayoría sabe que es un requisito haber cumplido 18 años.
Pero pocos conocen la edad mínima para obtener otros tipo de carnet de conducir en España como el de ciclomotor. En este post de Crestanevada te aclaramos si puedes conseguir un permiso de conducción y qué motos se pueden manejar con 14 años.
La DGT estableció en 2018 una nuevo límite de edad para subir a una motocicleta o ciclomotor. Si bien antes se podía circular en una moto de 50cc con 14 años, ahora es necesario haber cumplido los 15 años. Así que habrá que esperar un año más para conseguir la licencia AM de ciclomotores de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros.
En relación a los carnet de ciclomotores y motocicletas, al cumplir los 16 años es posible obtener el A1, con 18 el A2, y a los 20 años el carné A (21 años para triciclos).
El sector del motor de dos ruedas quedó afectado por estas medidas, ya que al aumentar la edad para conducir una moto de 50cc se redujeron notablemente las ventas. Además la industria duda sobre los efectos en la seguridad vial de estas restricciones, ya que consideran más necesaria una mejor formación, y mejorar la movilidad e independencia de los menores en las ciudades.
Sin embargo el objetivo de la DGT es muy claro, y pone el foco en aumentar la seguridad en carretera de los vehículos de dos ruedas. El índice de siniestralidad de ciclomotores y motos no ha conseguido reducirse, este dato está relacionado con el aumento del parque de motos, en un 38% desde 2009.
Existen más de una decena de tipos de permisos y licencias de conducción para personas con movilidad reducida (LCM), vehículos especiales agrícolas (LVA), u otros de transporte de mercancías peligrosas (ADR).
Licencia LCM, 14 años
La licencia LCM es para vehículos específicos para personas con movilidad reducida. Esta licencia se puede obtener con una edad mínima de 14 años.
Lincencia LVA, 16 años
Permite conducir vehículos agrícolas especiales autopropulsados, con restricciones de velocidad que no sobrepasa los 45 km/h. La edad mínima para obtenerlo es de 16 años.
Permiso conducir AM, 15 años
Este permiso se refiere a ciclomotores de dos y tres ruedas y cuadriciclos ligeros. No pueden exceder de los 50 km/h, además hay límites de tamaño y cilindrada. Aunque antes se podía con 14 años, ahora es necesario haber cumplido los 15 años.
Permiso de conducir A1, 16 años.
Para conducir motocicletas con una cilindrada máxima de 125 cc, y un máximo de 15 CV. Es necesaria una edad mínima de 16 años.
Permiso A2, 18 años
Para este tipo de motocicletas se establece una limitación de potencia mayor que el punto anterior (menos de 47CV), por eso es necesario haber cumplido 18 años.
Permiso de conducción A, 20 años
Posibilita conducir motos y triciclos sin limitaciones. Por lo que necesario haber cumplido 20 años (21 en triciclos).
El carnet tipo B es el más común y popular de todos para vehículos de cuatro ruedas, también de dos ruedas, con motos de gasta 250cc, tal y como describimos en este artículo del blog “Con el carnet B se pueden conducir motos de 250”.
En cuanto a los permisos de conducir del tipo B y B+E (por debajo de los 3.500kg), C1 y C1+E es necesario haber cumplido los 18 años.
El carnet del tipo C y C+E, sin limitación de peso, requiere una edad mínima de 21 años, al igual que el permiso de conducir D1, D1+E (autobuses hasta 8 metros). El carnet D y D+E para buses sin limitación de tamaño ni plazas es necesario tener 24 años.